El principio de precaución y la responsabilidad del fabricante
Palabras clave:
Responsabilidad del fabricante, Responsabilidad civilResumen
El principio de precaución no es algo novedoso. Su existencia puede remontarse a 19711. Ha sido incluido en múltiples piezas normativas, sea internacionales o nacionales. Sin ir más lejos, en nuestro país es uno de los principios que guían el Derecho Ambiental, conforme lo establecido en el artículo 4 de la Ley 25.675 – la Ley General del Ambiente.
Las nociones que lo informan pueden resumirse en que2 debe haber un contexto de incertidumbre acerca de un riesgo. Debe existir la probabilidad, no posibilidad, de que este riesgo esté presente. Debe haber la probabilidad de que un daño, derivado de tal riesgo, se produzca. Y el daño que se puede producir ha de ser grave...